Resumen novedades fiscales 2021

El ejercicio 2021 se inicia repleto de novedades fiscales, que afectan a numerosas figuras tributarias de nuestro sistema fiscal. A modo de resumen, y al margen de lo que iremos viendo con el devenir del ejercicio, desde el Departamento de Asesoría Fiscal y Contable de MB Consulting te avanzamos algunas de las más reseñables.

Novedades en el impuesto sobre la renta de las personas físicas

Escala general del IRPF

Con efectos desde el día 1 de enero de 2021, se modifica la escala que se aplica a la parte de la base liquidable general para determinar la cuota íntegra estatal añadiéndose un nuevo tramo a la parte de la base liquidable que exceda de 300.000 euros al que se aplicará un tipo del 24,50%. 

Tipos de gravamen del ahorro en el IRFP

Con efectos desde el día 1 de enero de 2021, se modifica la escala que se aplica a la parte de la base liquidable del ahorro para determinar la cuota íntegra estatal añadiéndose un nuevo tramo a la parte de la base liquidable del ahorro que exceda de 200.000 euros al que se aplicará un tipo del 13,00%. 

Asimismo, también se modifica en los mismos términos señalados la escala aplicable a la base liquidable del ahorro para determinar la cuota íntegra autonómica. 

Por su parte, se modifica la escala que se aplica a la parte de la base liquidable del ahorro para determinar la cuota íntegra estatal en el caso de aquellos contribuyentes que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por concurrir alguna de las circunstancias señaladas en los artículos 8.2 y 10.1 de la LIRPF. En este caso, se añade un nuevo tramo a la parte de base liquidable del ahorro que exceda de 200.000 euros al que se aplicará un tipo del 26,00%.

Escala de retenciones e ingresos a cuenta aplicable a los perceptores de rentas del trabajo

Con efectos desde el día 1 de enero de 2021, se modifica la escala aplicable para determinar el porcentaje de retención que proceda practicar sobre los rendimientos del trabajo derivados de relaciones laborales o estatutarias y de pensiones y haberes pasivos. Se añade un nuevo tramo a la parte de la base para calcular el tipo de retención que exceda de 300.000 euros al que se aplicará un tipo de retención del 47,00%. 

Se modifican las escalas aplicables a los trabajadores desplazados a territorio español

En consonancia con el incremento de tipos antes señalado, se modifican las escalas de aplicación en el régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español para incrementar del 45% al 47% el tipo aplicable cuando la base liquidable es superior a 600.000 euros, e incluir un nuevo tramo a partir de 200.000 euros gravado al 26% para los rendimientos procedentes de dividendos, intereses y ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones. 

Asimismo, se modifica en este régimen especial  -con efectos desde el día 1 de enero de 2.021-  el porcentaje de retención o ingreso a cuenta sobre rendimientos del trabajo. En concreto, cuando las retribuciones satisfechas por un mismo pagador de rendimientos del trabajo durante el año natural excedan de 600.000 euros, el porcentaje de retención aplicable al exceso será el 47 por ciento (con anterioridad era el 45%). 

Se reduce a 2.000€ el límite de reducción de aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social

Disminuye la reducción máxima aplicable a la base imponible por las aportaciones y contribuciones realizadas a planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial o por primas satisfechas a seguros privados. Este límite se establece en 2.000 euros a partir del 1 de enero de 2021; siendo una rebaja considerable respecto a los 8.000 euros que se venían aplicando con anterioridad. 

No obstante, se establece que este límite se incrementará en 8.000 euros adicionales (10.000 euros en total) si tal incremento proviene de contribuciones empresariales. 

Por su parte, también se reduce a 1.000 euros anuales el límite de la reducción adicional por las aportaciones realizadas a los sistemas de previsión social en favor del cónyuge que no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas en cuantía igual superior a 8.000 euros anuales. 

Novedades en el impuesto sobre el valor añadido

Tipo impositivo aplicable a las bebidas con edulcorantes añadidos

Con efectos desde el día 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, se modifica el artículo 91.uno.1.1º L.IVA, incrementando el tipo impositivo aplicable a las bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos, que pasan de tributar al 10 por ciento a hacerlo al 21 por ciento, aunque en bares y restaurantes estas bebidas seguirán tributando al 10% actual para no perjudicar a la restauración. 

Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de agricultora, ganadería y pesca

Con efectos desde el 1 de enero de 2.021 y vigencia indefinida, se modifica la disposición transitoria decimotercera L.IVA con el fin de prorrogar para el periodo 2.021 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca. 

Novedades en el impuesto sobre patrimonio

Carácter indefinido del impuesto sobre el Patrimonio

Tras la derogación del apartado segundo del artículo único del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, se restablece el carácter indefinido del Impuesto sobre el Patrimonio. 

Escala de gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio

Con efectos desde 1 de enero de 2021, se modifica la escala que se aplica a la parte de la base liquidable del Impuesto de modo que el tipo aplicable al último tramo pasa a ser el 3,5% (con anterioridad era el 2,5%). 

María del Mar Mauro
Responsable departamento Asesoría Fiscal y Contable en MB Consulting

Detalle adicional

Si estás interesado en conocer detalle adicional sobre estas medidas y otras novedades fiscal adicionales de 2021, puedes hacerlo a través del siguiente enlace ubicado en la web de la Agencia Tributaria.

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